Celebra Consejo General del IEEBC su segunda sesión extraordinaria

Se aprueba acuerdo del Consejo General relativo a entrega de ministraciones a partidos políticos para este 2022

MEXICALI, ENERO 24, 2022. – En Sesión Extraordinaria celebrada la tarde de este lunes, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), autorizó, mediante acuerdo, la entrega de ministraciones mensuales del financiamiento público para actividades ordinarias y específicas a los partidos políticos en el ejercicio fiscal 2022 sin la expedición del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), instruida en los dictámenes 3 y 7 de la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento.

Lo anterior, informó el Consejero Presidente del IEEBC, Luis Alberto Hernández Morales, hasta en tanto se cuente con la información necesaria para hacer exigible a los partidos políticos la emisión del referido comprobante fiscal de ingresos.

Hernández Morales comentó que en los citados dictámenes, se aprobó el financiamiento público que les corresponde recibir a los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano, Morena y Encuentro Solidario Baja California para el ejercicio fiscal 2022, en el que se estableció atender la instrucción, que en su momento fue girada por la Secretaría Ejecutiva a los partidos políticos, respecto al requisito indispensable de expedición de CFDI para el otorgamiento de la prerrogativa del financiamiento público.

Tal determinación, dijo, estuvo basada en la observación realizada por la Auditoría Superior del Estado de Baja California, en el informe individual de auditoría del ejercicio fiscal 2019.

Informó que, ante tal condicionante, los partidos políticos solicitaron que se les proporcionará una serie de requisitos que son solicitados al momento de la expedición de los CFDI, por lo que, al no contar con ellos, se encuentran imposibilitados en dar cumplimiento en los términos solicitados.

En ese sentido, el IEEBC consultó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a la Auditoría Superior del Estado, sobre las inquietudes planteadas por las instituciones políticas, de las cuales, hasta el momento no se ha obtenido respuesta.

En virtud de lo anterior, el Consejero Presidente expresó que esta autoridad electoral, por mandato constitucional, debe garantizar el acceso a los partidos políticos a sus prerrogativas mediante la ministración oportuna del financiamiento público al que tienen derecho, motivo por el cual se consideró prudente proceder a no aplicar las determinaciones establecidas en los resolutivos quinto del dictamen tres y resolutivo tercero del dictamen siete de la citada Comisión, hasta en tanto se cuente con la información necesaria por parte del SAT y la Auditoría Superior, para hacer exigible a los partidos políticos la emisión de dicho comprobante..

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