MEXICALI, DICIEMBRE 4, 2021.- La Diputada Michel Sánchez Allende presentó ante el pleno del Congreso, iniciativa de reforma que modifica el artículo 5, 6 y 12 de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Baja California, con la finalidad de precisar como causales de discriminación, la orientación sexual, identidad sexual y las expresiones de género como un problema que afecta la dignidad de las personas y afecta otros sus derechos.
La legisladora señaló que, “todos los seres humanos somos iguales, el reconocimiento de la dignidad humana abarca sin limitación alguna todos los aspectos del individuo. La orientación sexual, identidad sexual, así como, las expresiones de género son sólo aspectos individuales de cómo nos presentamos ante sí y los demás, y esta diversidad no debe justificar la afectación de los derechos fundamentales en función de estereotipos de género”.
El artículo primero de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, que en materia de derechos humanos, impone a todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos consagra en su artículo primero que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. La observación general numero 20 señala que “Los Estados partes deben cerciorarse de que las preferencias sexuales de una persona no constituyan un obstáculo para hacer realidad los derechos que reconoce el Pacto, de la misma manera, la identidad de género también se reconoce como motivo prohibido de discriminación”.
En su exposición de motivos, detalló que, “en lo que va del año se han registrado por medios locales dos muertes de mujeres trans, mientras que el Observatorio Nacional de crímenes de odio contra personas LGBT, reporta el asesinato de ocho personas en Baja California, como el segundo estado del país con el mayor número, seguido por Morelos con 12 casos de asesinatos”.
“Ante el problema de dijo estructural que experimentan las personas por su orientación, identidad y expresión de genero resulta de suma importancia su protección contra cualquier forma de discriminación, sin embargo, el reconocimiento de los derechos de las personas con orientaciones sexuales e identidades no normativas en los instrumentos jurídicos internacionales y nacionales ha transitado por proceso social y político complejo, desde la visibilización de la discriminación y luego su aceptación en los textos jurídicos”.
“De esta manera Baja California contempla en su porción normativa 160 Ter, el tipo penal de Discriminación, particularmente por identidad de género y preferencia sexual, sin embargo, en la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Baja California no visibiliza estas causas, lo anterior, da cuenta de la falta de uniformidad en el ámbito jurídico de los conceptos, donde cada uno responde a la necesidad de hacer visible una característica específica”, agregó.