CIUDAD DE MÉXICO, FEBRERO 2, 2022.- El Congreso, con 92 votos a favor, aprobó este martes las reformas a la Ley de Migración, las cuales se vinculan con el tráfico ilícito de personas y sus penas. Las medidas se oficializaron en el Decreto 5-2022.
La iniciativa fue enviada por el presidente Alejandro Giammattei, con el objetivo de endurecer las penas contra las estructuras que se dedican a la trata de personas.
Sobre las reformas
Las reformas a la Ley de Migración incluyen el artículo 103, el cual establece que el delito de tráfico ilícito de personas lo cometen aquellos que faciliten el ingreso, permanencia o salida ilegal del territorio nacional de una o más personas extranjeras con el fin de obtener un beneficio directo o indirecto.
Para los responsables se decretó una pena de entre 10 y 30 años de prisión inconmutables, así como una multa.
El siguiente artículo reformado fue el 107 bis, el cual incluye el tráfico ilegal de documentos. Este delito se define como la captación, alojamiento, ocultación, traslado o transporte por cualquier vía o medio de guatemaltecos para que emigren a otro país sin cumplir con los requisitos legales.
Este delito no será aplicable a los migrantes, padres, tutores, responsables o familiares en grado de ley de los migrantes guatemaltecos.
Agravantes
La última reforma se relaciona con el artículo 108, que incluye a agravantes. La reforma establece que la pena para los delitos de tráfico ilícito de personas y tráfico ilegal de guatemaltecos se aumentará en dos terceras partes cuando:
-la persona migrante sea niño, niña o adolescente
-la mujer migrante se encuentre embarazada
-se ponga en peligro, la vida, la integridad o la salud del migrante o se le cause grave sufrimiento físico o mental
-el autor o partícipe sea funcionario, empleado público o notario que en ejercicio de sus funciones facilite la comisión del delito
-el hecho se realice por un grupo de tres o más personas, se trate o no de delincuencia organizada
-cuando la persona migrante sufra privación de libertad en el extranjero, sea víctima de otros delitos o falleciere
Luego de que las reformas se publiquen en el diario oficial, el decreto entrará en vigencia ocho días después.
Texto Lucía Contreras