Exhorta Canaco Servytur a ciudadanos a aprovechar condonación de multas y recargos en servicio de agua

El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, es decir el 18 de noviembre del 2022

TIJUANA, NOVIEMBRE 27, 2022.-Para apoyar la economía de las familias bajacalifornianas y garantizar el abasto de agua, el Gobierno del Estado publicó en el periódico oficial de Baja California, el decreto ejecutivo mediante el cual se condona hasta el 100% de los recargos y multas generados por el pago oportuno de los derechos de consumo de agua.

Por lo anterior, el presidente de la Cámara Nacional de Comercio Servicios y Turismo (Canaco Servytur), Ensenada, Octavio de la Torre de Steffano, exhortó a la comunidad del puerto, a aprovechar estos apoyos y ponerse al corriente en el pago de dicho servicio.

Explicó que el propósito principal es apoyar a las familias de Baja California que han aumentado sus pasivos por la falta de pago del servicio doméstico de agua potable lo que ha venido generando recargos y multas en su perjuicio, es por ello que se ha tomado la decisión de condonar hasta el 100% de los recargos y multas por dicho concepto.

En el artículo primero del decreto, precisó, se establece que se condona a los usuarios del servicio medido de uso doméstico, comercial, industrial gubernamental y otros domésticos, el 100% de los recargos y multas generado por el pago oportuno de los derechos por consumo de agua.

Cabe hacer mención que, de lo descrito en el párrafo anterior, será aplicable siempre y cuando se cubran en una sola exhibición el pago de los derechos por consumo de agua que se hayan generado a su cargo a más tardar el 31 de diciembre del 2022.

Octavio de la Torre abundó que en el artículo segundo se establece que se condona a los usuarios del servicio medido de uso doméstico comercial, industrial, gubernamental y otros no domésticos, el 75% de los recargos y el 100% de las multas generadas por falta de pago oportuno de los derechos por consumo de agua.

Mismos que se hayan generado con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto cuando el contribuyente cumpla con el pago de contribuciones omitidas en parcialidades con diferentes porcentajes.

Asimismo, el presidente de Canaco Servytur resaltó que a estos contribuyentes que opten por el pago en parcialidades, se les exentará el 50% de los recargos por prórroga que se generen por el plazo señalado en el párrafo anterior, según corresponda.

Cabe hacer mención que quedará sin efecto el beneficio antes señalado cuando el contribuyente incumpla con el pago oportuno de 3 o más parcialidades; atendiendo este supuesto, no habrá devolución de las cantidades pagadas con motivo de plazo en parcialidades y los montos pagados se abonarán al adeudo de origen.

De la Torre de Steffano agregó que el presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, es decir el 18 de noviembre del 2022, y estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2022.

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