Aprueban en Comisión la Reforma que suspende derechos políticos-electorales de Personas Violentadoras

 El pasado mes de mayo se publicó en el DOF la reforma a la Constitución Federal denominada: “3 de 3 contra la violencia”

MEXICALI, JULIO 27, 2023.- Con el propósito de impedir que se registren como candidatas para cargos de elección popular, así como para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, a quienes hayan resultado declarados por sentencia como violentadores de otras personas, se aprobó en Sesión de Comisión de Gobernación, la iniciativa de reforma a la Constitución Local.

Se considera en este supuesto a toda aquella persona que cuente con sentencia firme por la comisión de delitos contra la vida y la integridad corporal; la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género, o que las declare como personas deudoras alimentarias morosas.

Para ello, se propone reformar los artículos 18, 42, y 80 de la Constitución Política del Estado para establecer que no podrán ser electos para diputaciones, para la gubernatura ni para integrar los ayuntamientos.

La iniciativa fue presentada de manera separada, por el legislador Juan Manuel Molina García, y por las diputadas, Evelyn Sánchez Sánchez, Liliana Michel Sánchez Allende, Daylín García Ruvalcaba y Monserrat Rodríguez Lorenzo, sin embargo, por coincidir con la misma pretensión y visión legislativa, se analizó y se aprobó en un solo proyecto, derivando en el Dictamen 91 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales.

El 29 de mayo de 2023, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el cual se reformaron los artículos 38 y 102 de la Constitución Nacional, la cual contempla la suspensión de derechos para aspirar u ocupar un cargo de elección popular, así como un empleo, cargo o comisión en el servicio público, (reforma “3 de 3 contra la violencia”).

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