MEXICALI, AGOSTO 9, 2023.- La diputada Santa Alejandrina Corral Quintero, presentó iniciativa que reforma el artículo 29 de Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California, con el objetivo de que los padres trabajadores cuenten con un permiso de paternidad de hasta de treinta días laborales con goce de sueldo íntegro, cuando su hija o hijo recién nacido tenga problemas de salud que comprometan su vida e integridad.
Indicó que, con esta iniciativa se pretende que el hombre trabador adquiera un compromiso mayor con los cuidados, tanto del recién nacido como de su pareja, cuando su hija o hijo haya nacido con problemas de salud, ya que uno de los principales obstáculos para que el padre pueda centrarse en estas actividades, es el compromiso de cumplir con una jornada laboral.
Por otra parte, indicó que la presente iniciativa se realiza bajo una perspectiva de los derechos humanos de los recién nacidos y de las mujeres, concretamente lo relativo al interés superior de la niñez y a la prerrogativa de una vida libre de violencia que asiste a las mujeres. Asimismo, considera firmemente que en el hogar la distribución de las labores y cuidado de las hijas o hijos no es exclusiva de las mujeres, ahora se busca proveer un trato equitativo entre hombre y mujeres, algo que ha sido reconocido tanto a nivel nacional como internacional, otorgando prioridad absoluta al bienestar del recién nacido.
Razón de lo anterior, se debe asegurar que el recién nacido que padezca una enfermedad que obligue a su hospitalización y tratamiento a pocas horas de su nacimiento cuente con la atención y cuidado de sus progenitores, especialmente por el padre trabajador quien debe de tener la posibilidad de estar junto a su hijo o hija recién nacido, contando para ello de un permiso laboral que le permita ser un gran apoyo al nonato y a la madre de éste.
Para efecto de todo lo anterior, se propone reformar el artículo 29 de la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California a efecto de establecer que, “cuando los hijos nazcan con condiciones de salud que pongan en riesgo su integridad y supervivencia, el permiso para los hombres al que se refiere el párrafo anterior se extenderá hasta por un plazo máximo de treinta días laborables con goce de sueldo; para gozar de este permiso, el trabajador deberá acreditar con el dictamen médico respectivo las condiciones de salud del menor que pongan en riesgo su integridad y supervivencia, así como que el recién nacido se encuentra hospitalizado”.