Comisión de Reforma dictamina Ley sobre desaparición y búsqueda de personas en el Estdao

Se establecen marcos de competencia y colaboración entre autoridades estatales y municipales  

MEXICALI, MARZO 23 2024.- Las y los diputados integrantes de la Comisión de Reforma de Estado y Jurisdiccional, celebraron sesión de trabajo en donde aprobaron el proyecto de dictamen que comprende las diferentes propuestas legislativas de creación de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas del Estado, de esta manera solo quedaría pendiente su aprobación por el Pleno.

La totalidad del contenido del Dictamen de Ley, considera las iniciativas planteadas por diversos legisladores, así como las opiniones de organismos de la sociedad civil, colectivos, asociaciones, académicos, especialistas, y autoridades, con la finalidad de enriquecer el proyecto legislativo en esta importante asignatura pública, a partir del intercambio de información y retroalimentación con la sociedad organizada y colectivos especializados en búsquedas personas desaparecidas.

El fenómeno de desaparición forzada de personas es complejo, lacerante socialmente porque transgrede diversos derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad personal, a un trato humano y con respeto a la dignidad, al reconocimiento a la personalidad jurídica, a la identidad y a la vida familiar, la libertad de opinión, expresión e información, e incluso a derechos laborales y políticos, entre otros.

Esta problemática ha tenido un significativo aumento en varias regiones del país y en particular en Baja California, donde se ha convertido en un grave problema social, legal y familiar, en gran número de casos las personas son víctimas de particulares asociados a las bandas del crimen organizado, algunas de las cuales solo son encontrados sus restos mucho tiempo después de su desaparición, y en ocasiones ni eso.

Es importante mencionar que este proyecto legislativo contó con una adenda con el propósito de acotar la vigencia que establece el artículo transitorio, quedando de 180 a 120 días naturales para su entrada en vigor una vez que sea publicada en el Periódico Oficial del Estado.

Con este nuevo instrumento normativo para Baja California, se pretende ayudar a las víctimas de este terrible delito, en el sentido de prevenir, investigar, sancionar y erradicar los sucesos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, desde el establecimiento de marcos de competencia y colaboración entre autoridades y los colectivos de búsqueda.

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