Determina IEEBC, en Comisión, montos totales y distribución de financiamiento público y privado para partidos políticos

Los dictámenes serán remitidos al Consejo General para su análisis.

MEXICALI,OCTUBRE 28,2024. – En sesión pública, la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó los dictámenes 14 y 15 en los que se determinan el financiamiento público y los límites del financiamiento privado para los partidos políticos en Baja California.

En relación al financiamiento público, la consejera electoral y presidenta de la Comisión, Vera Juárez Figueroa, explicó que en el dictamen 14, se detalla que el monto total del financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes y actividades específicas para los partidos políticos en Baja California en el ejercicio fiscal 2025, es por la cantidad total de $146’593,220.15 pesos.

Agregó que por el concepto de financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, será la cantidad de $142’323,514.73 pesos, mientras que para el sostenimiento de sus actividades específicas como entidades de interés público la cantidad de $4’269,705.42 pesos.

La presidenta de la Comisión refirió que los partidos políticos que tienen derecho a acceder al financiamiento público son Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, del Trabajo, Movimiento Ciudadano, Morena y Encuentro Solidario Baja California.

En cuanto al dictamen 15, Juárez Figueroa señaló que en este se aprobó someter a consideración del Consejo General del IEEBC la determinación de los límites del financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos en Baja California por sus militantes y simpatizantes, así como el límite individual de las aportaciones de sus simpatizantes durante el ejercicio 2025.

En ese sentido, la Consejera Electoral comentó que el artículo 48 de la Ley de Partidos Políticos, dispone que estos institutos deberán observar las prohibiciones, limitaciones y modalidades, previstas en la Ley General respecto del financiamiento privado que reciban.

Añadió que las aportaciones o cuotas individuales y obligatorias, ordinarias y extraordinarias, en dinero o en especie, que realicen los militantes de los partidos políticos, constituyen modalidades de financiamiento que no provienen del erario público, por lo que éstas se encuentran sujetas al límite de aportaciones.

Para determinar los límites de las aportaciones que los militantes realicen a favor de los partidos políticos en Baja California para el ejercicio 2025, debe considerarse el financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, por lo que se obtiene como resultado el importe de $2’846,470.29 pesos.

Cabe señalar que el límite anual de aportaciones de militantes para el ejercicio 2025, se refiere a la totalidad de recursos que podrán recibir los partidos políticos por dicho concepto, es decir, al conjunto de recursos que podrán recibir por concepto de aportaciones de militantes, mismo que no podrá rebasar la cantidad de $2’846,470.29 pesos.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Partidos, cada partido político determinará libremente los montos mínimos y máximos y la periodicidad de las cuotas de sus militantes, las cuales en su conjunto no pueden rebasar el límite referido.

Juárez Figueroa comentó que ambos dictámenes serán remitidos al Consejo General para que, en sesión plenaria, sean revisados, discutidos y, en su caso, aprobados.

DEJA UNA RESPUESTA

Escribe tu comentario
Por favor escribe tu nombre