MEXICALI, NOVIEMBRE 8, 2024.- La Cámara de Diputados aprobó las Minutas con proyecto de decreto procedentes del Senado de la República para reformar los artículos 4°, 27 y 123 de la Carta Magna, a fin de fortalecer el acceso a una vida digna, la seguridad económica y la protección social, lo cual refleja el compromiso del Estado mexicano con el bienestar integral de sus ciudadanos.
Correspondió al presidente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales de la XXV Legislatura, diputado Juan Manuel Molina García, dar lectura a los dictámenes aprobados en dicho órgano de trabajo.
La reforma al artículo 4° garantiza a toda persona el derecho a una vivienda adecuada y asegura una pensión no contributiva para personas con discapacidad permanente menores de 65 años y para adultos mayores de 65 años, además de establecer la obligación del Estado de brindar rehabilitación y habilitación a quienes viven con discapacidad permanente, con prioridad para menores de edad.
Asimismo, la reforma exige que el Estado destine recursos suficientes y constantes para cumplir estos derechos, evitando reducciones en términos reales y asegurando el apoyo necesario para promover la seguridad y el bienestar de los sectores más vulnerables.
En cuanto al artículo 27, la propuesta tiene como objetivo garantizar un salario justo y estable para los campesinos que cultiven tierras con árboles frutales, maderables y otras especies procesables, además de proporcionarles un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos. También se ofrecerá apoyo económico a los pescadores de pequeña escala y se asegurarán precios de garantía para productos básicos como maíz, frijol, leche, arroz y trigo.
En el ámbito laboral, la reforma a la fracción XII del Apartado A del artículo 123 obliga a las empresas a proporcionar viviendas adecuadas a sus personas trabajadoras a través de aportaciones a un fondo nacional de vivienda. Este fondo ofrecerá créditos accesibles para la adquisición y mejora de viviendas, así como opciones de arrendamiento social, cuya mensualidad no exceda del 30% del salario del trabajador.
Además, se garantiza preferencia para quienes hayan contribuido de forma continua al fondo y no posean vivienda propia, con el propósito de asegurar un acceso justo y equitativo.