TIJUANA, DICIEMBRE 19,2024.-Aquellos contribuyentes que no tienen activo su Buzón Tributario tienen hasta el 1 de enero de 2025 para hacerlo, de lo contrario, el Servicio de Administración Tributario (SAT) podrá multar con hasta 11 mil pesos.
Lo anterior lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que esta obligación aplica tanto a personas físicas como personas morales, toda vez que el Buzón Tributario activado es un requisito obligatorio desde el 2020.
“Cabe aclarar que las personas que no tengan obligaciones fiscales, que tengan un ingreso anual menor a 400 mil pesos, o no tengan ninguna actividad económica actualmente, no están obligadas a darlo de alta”, apuntó.
El abogado fiscalista refirió que el Buzón Tributario le ofrece al contribuyente una variedad de beneficios que le permiten estar al corriente con sus obligaciones fiscales e, incluso, ponerse en contacto con el SAT, en caso de alguna duda.
Añadió que entre los beneficios más destacados se encuentran el portal privado y personalizado; economizar tiempo; certeza de los actos y resoluciones del SAT; notificación en cualquier momento y lugar; información de beneficios y facilidades fiscales.
Asimismo, agregó Pickett Corona, invitación a programas fiscales, así como proporcionar información para el cumplimiento de obligaciones y trámites.
“Dar de alta el Buzón Tributario es un procedimiento muy sencillo que no toma más de 30 minutos y se puede hacer desde la página oficial del SAT, por lo que es importante hacerlo antes de que se pase el tiempo y no hacerse acreedor a una multa aplicable a partir del 2025”, finalizó.