Dip. Maythé Méndez propone que toda iniciativa sea visible y accesible en la página del Congreso

La legisladora plantea garantizar la publicación inmediata de todas las iniciativas, incluidas las ciudadanas, para fortalecer la transparencia legislativa.

TIJUANA, ENERO 7, 2026.- La diputada de Morena, María Teresa Méndez Vélez, presentó ante la Asamblea una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Baja California, con el objetivo de que toda pretensión legislativa presentada por los sujetos legitimados sea publicada y visible en el portal oficial del Congreso del Estado.

Al desarrollar su propuesta, la legisladora señaló que dar publicidad inmediata a las iniciativas de reforma, leyes y decretos es una tarea indispensable para mantener informada a la ciudadanía sobre los objetivos y alcances de cada planteamiento legislativo.

Precisó que tanto la Constitución local como la Ley Orgánica establecen que, además de las diputadas y diputados, pueden presentar iniciativas el Gobernador, el Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal de Justicia Electoral, los Ayuntamientos, el Instituto Estatal Electoral, así como las y los ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil e instituciones de educación superior.

“El derecho de iniciativa no es exclusivo del Poder Legislativo; es un mecanismo compartido con actores clave del Estado y con la ciudadanía, lo que permite que más voces participen en la creación y reforma de las leyes”, expresó Maythé Méndez Vélez.

La diputada advirtió que, en la práctica, iniciativas ciudadanas o las presentadas por la Gobernadora no aparecen en el buscador del portal del Congreso, lo que evidencia que no han sido publicadas para conocimiento público.

“Si buscamos fortalecer la transparencia y la participación ciudadana, todas las iniciativas deben estar disponibles en el portal institucional sin excepción”, afirmó.

Por ello, la propuesta establece que todas las iniciativas de reforma o decreto, así como los puntos de acuerdo económico y posicionamientos presentados por los sujetos legitimados en el artículo 115, deberán publicarse en el portal oficial del Congreso a más tardar al día siguiente de que la Presidencia de la Mesa Directiva las incluya en el orden del día de la sesión correspondiente.

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