Aprueba Congreso del Estado reforma a Ley de Ingresos de San Quintín

Beneficia a trabajadores agrícolas y a las personas pertenecientes a pueblos originario del municipio.

MEXICALI, AGOSTO 13, 2026.- El Dictamen No. 143 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, relativo a la iniciativa de reforma a la Ley de Ingresos del Municipio de San Quintín, fue aprobado en sesión ordinaria de Pleno, por 21 votos a favor y ninguno en contra.

Al dar lectura al presente dictamen, la presidenta de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, diputada Julia Andrea González Quiroz, expuso que, de esta forma, se podrá eximir al 100 por ciento en el pago de diversos derechos municipales relacionados con procesos de regularización territorial, vivienda social y acciones vinculadas al Plan de Justicia para Trabajadores Agrícolas de San Quintín.

Los derechos a exentar podrían comprender, según corresponda y conforme a la naturaleza del trámite, entre otros conceptos, la factibilidad de uso del suelo; deslinde, verificación o revisión técnica catastral; y asignación de clave catastral urbana en nuevos fraccionamientos.

Esta reforma contribuye a atender las problemáticas identificadas en dicho plan, particularmente las relacionadas con rezagos en materia de regularización patrimonial, infraestructura urbana y acceso a servicios esenciales, facilitando la incorporación formal de los asentamientos beneficiados y disminuyendo las cargas económicas inherentes a dichos procesos.

Para acceder a la exención fiscal otorgada en el presente, se deberá cumplir con lo siguiente: los beneficiarios serán las personas residentes trabajadoras agrícolas, así como las personas pertenecientes a pueblos originarios de San Quintín.

En lo que se refiere a superficie, el límite máximo será de 500 metros cuadrados; el valor fiscal no deberá exceder de las 10 mil UMAS y, en cuanto al número de predios, solo podrá regularizarse o titularse un predio por persona solicitante.

Dichos requisitos resultan razonables, toda vez que tienen por objeto dirigir el beneficio fiscal a sectores de la población que enfrentan condiciones de vulnerabilidad social y patrimonial, derivadas de la ocupación de predios en proceso de regularización.

En el considerando noveno del presente dictamen se menciona que la propuesta de otorgar una exención temporal de derechos municipales a favor de personas trabajadoras agrícolas y personas pertenecientes a pueblos originarios cuyos predios se encuentren en proceso de regularización constituye una medida congruente con el marco constitucional.

Lo anterior, toda vez que contribuye a combatir barreras económicas asociadas a los procesos de regularización de la tenencia de la tierra, incorporación al desarrollo urbano y acceso a servicios públicos básicos, aspectos que forman parte de los elementos necesarios para garantizar el derecho a una vivienda adecuada previsto en el artículo 4º de la Constitución Mexicana.

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