TIJUANA, DICIEMBRE 16, 2022.-Ante la llegada de la temporada de vacaciones por fin de año, los personas que tienen planes de viajar deben conocer cuáles son las franquicias aduaneras y de equipaje, a fin de no caer en incumplimientos que ameriten sanciones.
Lo anterior lo indicó el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados, quien refirió que existen beneficios y requisitos que deben de cumplir los pasajeros de las mercancías que integran su equipaje y la franquicia aduanera.
En primer lugar, explicó, un pasajero es toda persona que introduzca mercancías de comercio exterior a su llegada al país o al transitar de la franja o región fronteriza al resto del territorio nacional.
“Este beneficio es dirigido para los pasajeros nacionales o extranjeros en viajes internacionales, así como de los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza con destino al resto del territorio nacional”, anotó.
Las mercancías nuevas o usadas que forman parte del equipaje de los pasajeros en los viajes y que deben traer consigo, bienes de uso personal tales como cámaras fotográficas, agendas electrónicas, entre otros.
“Las mercancías que integran el equipaje de los pasajeros en viajes internacionales tiene la facilidad de no cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas”, señaló el abogado fiscalista.
En ese sentido, detalló, podrán importarse mascotas sin el pago de impuestos cumpliendo con requisitos como el que sean mascotas de acompañamiento, con sus accesorios de aseos y traslado, así como certificados zoosanitarios.
En tanto, la franquicia aduanera que podrán aplicar los pasajeros en los viajes son de $300 USD por vía terrestre o $500 USD por vía marítima y de $500 USD periodo del programa “Héroes Paisano”; por cuanto a las mercancías sean adquiridas en la franja o región fronteriza el monto es de $300 USD, siempre que se acredite con el CFDI expedido en las zonas fronterizas.
“Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte”, apuntó.
Subrayó que los pasajeros acreditarán el valor de las mercancías que forman parte de su franquicia, con la documentación comprobatoria que exprese el valor comercial de las mismas, además, no podrá aplicarse la franquicia a las bebidas alcohólicas, tabaco labrado y combustible automotriz.
Finalmente, el Dr. Octavio de la Torre refirió que las mercancías que no formen parte del equipaje o que excedan de la franquicia aduanera deberán someterse a los trámites aduanales, incluyendo los procedimientos simplificados, según corresponda. Para mayor información puede escribir a [email protected].