CIUDAD DE MÉXICO, DICIEMBRE 23, 2021.-Ante el uso ilegítimo de la fuerza pública por parte de elementos de la entonces Policía Federal (PF), en Agua Dulce, Veracruz, contra un grupo de personas migrantes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), dirigió la Recomendación 111/2021 a la titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Ciudadana (SSPC), así como a los titulares del Instituto Nacional de Migración (INM), Fiscalía General de la República (FGR) y a la titular de la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGEV).
La CNDH pudo constatar que durante los hechos, documentados en medios de información el 14 de junio de 2019, un grupo de personas migrantes que viajaban a bordo de un vehículo fueron agredidos con impacto de armas de fuego, accionadas por elementos de la Policía Federal, provocando el deceso de una persona y que otras más resultaran heridas.
Además, durante la investigación del caso se advirtió que personal de la FGEV, de la Policía Federal y del INM transgredieron la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, así como cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas.
Asimismo, se practicó deficientemente la necropsia relacionada con la persona fallecida, ya que los dictámenes periciales se realizaron sin las diligencias necesarias para integrar debidamente la carpeta de investigación.
Por otro lado, elementos de la Policía Federal ejercieron indebidamente el cargo que les fue conferido al efectuar acciones contrarias a la función pública, atentando contra la vida e integridad de las víctimas, sin motivo ni fundamento legal alguno que justificara que estaban en cumplimiento de “un deber o legítima defensa”; además, incurrieron en un uso excesivo de la fuerza al detonar sus armas de cargo.
Este Organismo Nacional contó con elementos que permitieron evidenciar violaciones a los derechos humanos a la vida e integridad personal, atribuibles a elementos de la entonces Policía Federal, al emplear arbitrariamente la fuerza pública en contra de las víctimas, así como al acceso a la justicia en su modalidad de procuración, por obstaculizar la función de investigación, por lo cual realizó las siguientes recomendaciones.
A la SSPC y al INM se les pide que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se brinde la reparación integral por los daños causados a quien por derecho corresponda, que incluya la compensación justa y suficiente con motivo del uso ilegitimo de la fuerza utilizado, así como por la omisión de auxilio, en términos de la Ley General de Víctimas y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas; que se les otorgue la atención médica y psicológica que requieran; se colabore en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia que este Organismo Nacional presente ante el Órgano Interno de Control en la Guardia Nacional (antes Policía Federal), el INM y ante la FGR, respectivamente, y se diseñe e imparta al personal de estas dependencias un curso de capacitación y formación en materia de derechos humanos, relacionado con el uso de la fuerza pública.
Al INM se le pide también que emita una circular en la que se instruya al personal operativo en Veracruz a que cumplan con la normatividad para registrar todos los operativos en materia migratoria en los que participen.
Al fiscal general de la República se le requirió continuar con la integración de la carpeta de investigación, realizar una revisión exhaustiva de la indagatoria con la finalidad de elaborar un plan de fortalecimiento de investigación tendente a esclarecer los hechos ocurridos, a efecto de que en un plazo razonable se determine lo que corresponda conforme a derecho; además, que se instruya a quien corresponda a fin de que se proporcione a la Coordinación General de Servicios Periciales de la FGEV el equipo pericial necesario para elaborar los dictámenes relacionados con estudios micro comparativos en materia de balística forense.
Finalmente, a la titular de la Fiscalía General del Estado de Veracruz le solicitó colaborar en la presentación y seguimiento de la queja que este Organismo Nacional presente ante la Visitaduría General de esa fiscalía local y se diseñe e imparta un curso al personal pericial de ésta, a efecto de que reciban la capacitación necesaria en materia de criminalística de campo y medicina forense, de conformidad con los estándares aplicables a la materia, con la finalidad de que integren adecuadamente las carpetas de investigación.
La Recomendación 111/2021 ya fue notificada a sus destinatarias y destinatarios y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.