CNDH emite recomendación a la SEDENA y a la Fiscalía Estatal de Tamaulipas por uso excesivo de la fuerza durante operativo y por no investigar adecuadamente el caso 

Doce personas, entre ellas tres víctimas reportadas como desaparecidas, perdieron la vida durante un enfrentamiento en Nuevo Laredo, en el que militares incurrieron en uso excesivo de la fuerza

CIUDAD DE MÉXICO, DICIEMBRE 13, 2021.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 90/2021 al secretario de la Defensa Nacional (SEDENA), general Luis Cresencio Sandoval González, por la violación a los derechos humanos de tres víctimas durante un operativo militar realizado en Nuevo Laredo, Tamaulipas; así como al titular de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de ese estado, Irving Barrios Mojica, por no investigar adecuadamente los hechos.

La madrugada del 3 de julio de 2020, un convoy militar efectuaba labores de reconocimiento en el bulevar Aeropuerto, a la altura del fraccionamiento Los Fresnos, de esa ciudad, cuando sostuvieron un enfrentamiento con civiles armados que viajaban en tres camionetas y en el que perdieron la vida 12 personas, entre ellas las tres víctimas, quienes previamente habían sido reportadas como desaparecidas.

La CNDH recibió varias quejas sobre el particular e inició el expediente respectivo, por lo que después de analizar el caso, acreditó la violación al derecho humano a la vida, por uso excesivo de la fuerza, atribuible a personal castrense; así como la vulneración del derecho de acceso a la justicia, en su modalidad de indebida procuración de justicia, por parte de servidores públicos de la Fiscalía estatal.

Respecto a lo ocurrido, la SEDENA informó que el día de los hechos, militares que realizaban reconocimientos de carácter disuasivo en Nuevo Laredo fueron agredidos por personas armadas, ante lo cual repelieron el ataque, con la finalidad de salvaguardar la integridad física y “en virtud de que ya no se podía hacer uso de ningún otro nivel de fuerza”. Producto de ese episodio de violencia, 12 personas del sexo masculino perdieron la vida, entre ellas las tres víctimas, quienes, en ese momento, eran transportadas en la batea de una de las camionetas donde viajaban los agresores.

A partir de un video obtenido por la CNDH, se determinó que una vez que la camioneta donde viajaban las víctimas fue inmovilizada, al menos dos de las seis unidades militares, captadas en la imagen, se situaron de frente y a un costado del vehículo, registrándose una constante maniobra ofensiva por parte de los agentes de la SEDENA no así de los tripulantes del citado vehículo, con lo cual transgredieron el principio de necesidad, puesto que existió falta de diligencia que derivó en uso excesivo de la fuerza.

Si bien los agentes militares fueron agredidos, este Organismo constató que no ponderaron el uso diferenciado de la fuerza y pusieron en riesgo de perder la vida a personas que eran ajenas al enfrentamiento, como fue el caso de las tres víctimas que, de acuerdo con dictámenes elaborados por la Fiscalía General de la República (FGR), no accionaron armas de fuego durante la confrontación.

Asimismo, a pesar de que los militares declararon no haberse percatado que personas ajenas al enfrentamiento eran transportadas en la batea de uno de los vehículos involucrados, es precisamente por ello que la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza hace énfasis en que debe existir planeación de los operativos y garantizar la protección a los derechos humanos de todos los involucrados, haciendo uso de la fuerza de manera, diferenciada, escalonada y gradual.

En lo que respecta a la actuación de la Fiscalía estatal, este Organismo Autónomo constató que la descripción de las lesiones en las necropsias, por parte de servidores públicos de la misma, fue realizada de forma inadecuada e imprecisa, cuyo análisis derivó en conclusiones exiguas y carentes de veracidad, con lo cual se obstaculizó la debida actuación del Ministerio Público, pues no se pudo contar con datos fidedignos y veraces para determinar la probable responsabilidad de quienes intervinieron en los hechos, vulnerando con ello el derecho de acceso a la justicia.

Por lo anterior, la CNDH solicita al secretario de la Defensa Nacional reparar integralmente el daño a las víctimas indirectas que acrediten el derecho, incluyendo una compensación justa y suficiente; proporcionarles atención médica, psicológica y medicamentos que requieran, y colaborar en el seguimiento de la denuncia y queja que se presenten por estos hechos ante las instancias correspondientes.

Asimismo, impartir cursos de capacitación sobre el Manual del Uso de la Fuerza, específicamente en lo relativo a derechos humanos, procuración de justicia y prevención del uso excesivo de la fuerza, dirigido al personal de destacamento en esa entidad; además de solicitar que los militares que intervengan en operativos empleen dispositivos tecnológicos que permita registrar audiovisualmente su actuación.

Al fiscal general de Tamaulipas se le recomendó colaborar en el seguimiento de las quejas que por este caso se formulen ante el Órgano Interno de Control de esa dependencia; impartir cursos de capacitación en materia de derechos humanos, criminalística y procuración de justicia, y remitir a la CNDH las constancias de cumplimiento de los programas de profesionalización y evaluación de conocimientos o competencias de peritos médicos y criminalistas.

La Recomendación 90/2021 ya fue debidamente notificada a las autoridades destinatarias y puede ser consultada en la página web cndh.org.mx.

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