Buscan facilitar declaraciones fiscales con prellenado de formatos

El objetivo del fisco federal es generar una sencilla determinación de los impuestos

TIJUANA, FEBRERO 27, 2022.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó el prellenado de la información sobre los ingresos y gastos en las declaraciones provisionales y definitivas de todos los contribuyentes, sean personas físicas o morales.

Lo anterior lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien comentó que el objetivo del fisco federal es generar una sencilla determinación de los impuestos.

«El SAT ha buscado facilitar el llenado de la declaración del contribuyente y reducir el tiempo de la realización de los cálculos del pago de impuestos, de ahí que se dio a la tarea de prellenar datos como información de ingresos y gastos, así como de pérdidas fiscales y coeficiente de utilidad», apuntó.

El abogado fiscalista señaló que en el prellenado de facturas de ingresos y gastos, únicamente estará la información de las facturas con método de pago en una sola exhibición, por lo que el contribuyente puede complementar de manera manual la información.

Dentro de la misma declaración, los contribuyentes pueden incluir datos como: facturas con método de pago en parcialidades o diferido, y notas de crédito o alguna disminución de ingresos.

Por otro lado, en el prellenado de las pérdidas fiscales y/o coeficiente de utilidad, este dato se calcula con base en la información proporcionada en la declaración anual inmediata anterior, por lo que, en caso de requerir su modificación, el contribuyente podrá presentar las declaraciones complementarias que correspondan.

«Además, que el prellenado de ingresos y gastos se obtiene con base en la facturación electrónica de los contribuyentes y en las propias declaraciones presentadas con anterioridad», expuso.

Por último, Pickett Corona resaltó que si algún contribuyente considera que algún dato es erróneo, cuenta con la posibilidad de revisar sus declaraciones presentadas con anterioridad y, en su caso, presentar las declaraciones complementarias correspondientes.

 

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