TIJUANA, MARZO 12, 2022.- El requisito Carta Porte, en materia de comercio exterior, será obligatorio en las facturas electrónicas o CFDI, a partir del 1 de octubre de 2022, luego de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendiera el plazo.
Así lo indicó el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados, quien mencionó que el periodo de familiarización que otorgó el SAT tenía como límite el 31 de marzo, sin embargo, la fecha se recorrió al 30 de septiembre.
«Esto es de acuerdo a la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, primera versión anticipada publicada el día 9 de marzo de 2022 por el SAT», apuntó el abogado fiscalista.
La modificación, dijo, es con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del SAT, y 8 del Reglamento Interior del SAT.
«El fisco federal resolvió que se reforma el Transitorio Primero, fracción II de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, para quedar como sigue: en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de octubre de 2022″, describió.
De la Torre anotó que el motivo para modificar la fecha por parte del SAT, fue para dar oportunidad a los contribuyentes de incorporarse gradualmente y no recibir sanciones.
De acuerdo con la dependencia federal, actualmente más de 57 mil contribuyentes ya emiten sus facturas electrónicas con el complemento Carta Porte.
Por último, el Dr. Octavio de la Torre destacó que para recibir asesoría sobre este y otros temas de comercio exterior, puede escribir al correo: [email protected].