Vinculan a proceso a dos individuos por el delito de violencia familiar

En ambos casos el juez determinó dos meses de plazo para la investigación complementaria.

ROSARITO, JULIO 06, 2022.- Por su presunta responsabilidad en el delito de violencia familiar, la Fiscalía General del Estado, a través de la Fiscalía Especializada en Delitos Contra Mujeres por Razón de Género, logró la vinculación a proceso de dos individuos.

Por el caso de Reynaldo N, se informa que el 31 de marzo de 2018, en un domicilio del Fraccionamiento Volcanes de Playas de Rosarito, el imputado ejerció dolosamente violencia física con su concubina, con quien procreó una hija en el año 2018.

Tras una discusión que se salió de control, el imputado aventó a la víctima, lo que provocó que cayera y se lesionará la espalda; derivado de ello, en julio de 2020 se recibió la denuncia por parte de la ofendida y para febrero de 2021, se logró girar la orden de aprehensión.

De acuerdo a la carpeta de investigación, en marzo de 2021, se recabó la entrevista de la víctima, la del testigo, así como el acta de inspección del lugar, en tanto, el 29 de julio en curso se solicita la vinculación a proceso por parte del Juez de Control, quien determina un plazo de dos meses para cierre de investigación complementaria.

En otro caso, también por delito de violencia familiar, en junio pasado fue vinculado a proceso Antonio N, caso por el cual el Juez de Control determinó, de igual forma, dos meses de plazo para la investigación.

En la síntesis de los hechos denunciados, el 15 de octubre de 2021, Antonio N, acudió a un domicilio de la colonia Constitución en Playas de Rosarito, donde se encontraba la víctima, quien fuera su concubina por 13 años, en ese momento, frente a sus hijos la agrede y forcejea con ella hasta aventarla a la pared.

En ambos casos, el Juez de Control determinó como medida cautelar la señalada en el artículo 155 fracciones VII y VIII del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La fracción VII señala la prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse a ciertos lugares, en tanto la fracción VIII, indica la prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa.

Proteger a las víctimas en condición de vulnerabilidad es prioridad para esta Fiscalía General del Estado, institución que reitera su compromiso de atender cada denuncia que se presente, perseguir los delitos y hacer que los responsables de cometer algún ilícito rindan cuentas ante la justicia.

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