Aplica autoridad más cambios al Complemento Carta Porte 

Contribuyentes deberán estar atentos si deben incluir un código QR en las impresiones de sus facturas digitales

TIJUANA, OCTUBRE 4,2023.-Dentro de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023 se mencionan los requisitos para la entrega del Complemento Carta Porte, mismos que han sido modificados por la autoridad fiscal, en recientes fechas.

Así lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que dichos requisitos para la entrega de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) se encuentran en la Regla 2.7.1.7. de la RMF de 2023.

“La regla no establece requisitos de impresión para los CFDI con Complemento Carta Porte, sin embargo, a través de la reciente actualización se establecen requisitos de impresión para este complemento, específicamente en lo relativo a la generación del código QR que debe plasmarse en la representación gráfica”, anotó.

El abogado fiscalista señaló que en los requisitos de impresión del Complemento Carta Porte, el nuevo estándar de la versión 3.0 exige que las representaciones impresas que contengan el Complemento en el CFDI deben incluir un QR, conforme a lo descrito en el estándar ISO/IEC18004.

Para ello, detalló, los contribuyentes deberán tener en cuenta lineamientos como la URL de acceso al servicio que pueda mostrar los datos de la versión publicada del comprobante.

Asimismo, el identificador del Complemento Carta Porte (IdCCP); la fecha y hora, salida-llegada del Nodo Ubicación (Tipo Ubicación) que debe ser igual al origen, siendo el primer registro del Nodo ubicación; y la fecha y hora de certificación del CFDI.

“Todo CFDI debe llevar un código QR, pero, actualmente, no queda claro si los CFDI con Complemento Carta Porte deberán llevar dos códigos QR: uno con los datos del CFDI, y otro con los datos del Complemento Carta Porte”, sentenció Pickett Corona.

Dicha situación, abundó, aunque pueda ser lógica, resultaría un tanto impráctica, puesto que habrá que diferenciar, a la vista, cuál código corresponde al CFDI y cuál al Complemento Carta Porte. 

“Aún existen dudas al respecto, sin considerar que hasta este entonces la autoridad ha aplicado modificaciones considerables a los requisitos del Complemento Carta Porte, por lo que esperamos que la autoridad sea más clara de manera que el contribuyente pueda cumplir correctamente con sus obligaciones”, finalizó.

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