Llaman a contribuyentes a presentar su dictamen de estados financieros 

De no cumplir con esta obligación, el SAT podría aplicar multas millonarias.

TIJUANA, ABRIL 18, 2024.-Los contribuyentes personas físicas y morales con actividad empresarial y obligación de emitir el dictamen de los estados financieros del ejercicio 2023, tienen como fecha límite el 15 de mayo de 2024, de lo contrario pueden ser acreedores a multas.

Lo anterior lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien señaló que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo un llamado a los contribuyentes a presentar su dictamen, el cual es esencial en la transparencia fiscal y financiera.

“Es un documento que requiere ser elaborado por un contador público autorizado y/o de una asesoría de un abogado especialista en la materia, quien valide la situación financiera del contribuyente”, apuntó.

El abogado fiscalista refirió que este requisito aplica, específicamente, para personas morales que durante el ejercicio fiscal anterior registraron ingresos superiores a 1,855 millones 919 mil 380 pesos, así como aquellas con acciones en la bolsa de valores.

Asimismo, para las personas físicas y morales con ingresos acumulables que superen los 157 millones 785 mil 270 pesos, activos por encima de los 124 millones 650 mil 380 pesos y más de 300 trabajadores.

“El incumplimiento en la presentación del dictamen puede conllevar sanciones significativas, que oscilan entre los 17 mil 330 pesos y los 173 mil 230 pesos, por lo que es necesario tener en cuenta las fechas límite”, advirtió.

Pickett Corona agregó que el SAT puede restringir el uso del Certificado del Sello Digital, indispensable para la emisión de comprobantes fiscales, por lo que las sanciones pueden escalar hasta la cancelación definitiva del mismo, lo que supondría graves complicaciones para la operación empresarial.

Para terminar, el abogado fiscalista subrayó que los contribuyentes obligados a presentar el dictamen pueden acceder y descargar el software necesario a través del enlace oficial proporcionado por el SAT, en su página de internet.

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