Alertan a contribuyentes sobre cambios en la Ley Antilavado

  El proyecto de ley contempla nuevas obligaciones a quienes realicen operaciones consideradas vulnerables, donde se habla de multas millonarias

TIJUANA, AGOSTO 8, 2022.-Aunque el documento de Reforma a la Ley Antilavado sigue en la Cámara de Senadores, los contribuyentes deben estar muy atentos a los cambios que contempla dicho proyecto, ya que se habla de nuevas obligaciones a cumplir y, por tanto, una mayor carga administrativa y sanciones.

 

Lo anterior lo indicaron las expertas C.P.C. Jeaneth Ayala Archundia, socia fundadora de PLD Especialistas, y la C.P. Merced Burciaga Rubio, socia fundadora de Save Corporativo PLD/FT, quienes estuvieron como invitadas en el desayuno virtual del Colegio de Contadores Públicos de Baja California (CCPBC), que preside la C.P.C. Yolanda Muñoz Pizaña.

 Las especialistas expusieron el tema titulado “Prepárate para la reforma a la Ley Antilavado”, en la que señalaron que, si bien este proyecto tiene casi cuatro años en la Cámara de Senadores, los contribuyentes no se pueden confiarse y dejar de atender el tema, toda vez que es un compromiso internacional que México debe cumplir.

 “Estamos a casi 10 años de que entró en vigor esta ley, donde existe poca claridad en la redacción de algunos puntos, por eso la reforma se presenta en tres tópicos: el nacimiento de nuevas obligaciones, nuevos sujetos obligados, en tanto que aclara el modo de cumplir ciertas obligaciones”, mencionó Jeaneth Ayala.

 Y es que actualmente se tiene en reglas de carácter general, dijo, por tanto no tiene una fuerza coercitiva, de ahí que la reforma atiende estas reglas y las establece como una ley, donde las multas por omisión pueden ser tan onerosas que se habla de un millón de pesos por aviso no presentado, lo cual puede poner en riesgo el patrimonio de una empresa.

 Entre los cambios que contempla el proyecto, agregó Merced Burciaga, es la obligación de alta y registro de la actividad vulnerable, donde los sujetos obligados deberán presentar información a través de medios electrónicos, con lo que se busca generar certeza jurídica para el sujeto de que cumple con sus obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero.

 En tanto, Jeaneth Ayala comentó que por ley los sujetos deberán presentar un reporte de operaciones sospechosas cuando consideren que los recursos que se utilizarán en una operación pudieran estar relacionados al lavado de dinero, se realice o no la operación.

 Agregó que también se debe contar con un documento que establezca los lineamientos de identificación del cliente, debido a que es información que podrá ser solicitada por la autoridad fiscal.

 Asimismo, se incluye una revisión intensificada a las personas políticamente expuestas, es decir, aquellas que desempeñan cargos públicos y las personas relacionadas con ellas, en los tres niveles de gobierno, a quienes se dará un seguimiento de las operaciones que realizan, por temas anticorrupción.

 “También se incluye un tema de difusión y capacitación continua para el cumplimiento de esta normativa, lo cual no se tenía establecido como una obligación, donde se debe incluir a todos los empleados”, apuntó Meced Burciaga.

 Cabe mencionar que el proyecto de reforma habla de contar con un sistema automatizado que permita monitorear al cliente, de manera que se pueda verificar que no se salga de su perfil contra la transacción que realiza.

 Mientras, destacó Merced Burciada, los sujetos tendrán que realizar sus operaciones con un enfoque basado en evaluación de riesgos, que es el riesgo inherente por el contexto en el que se trabaja, además que se contempla el riesgo asociado.

 Asimismo, anotó, nacen nuevos sujetos obligados como los deportistas, las confederaciones y clubes deportivos, donde aún no se tiene mayor detalle.

 Por su parte, la presidenta del CCPBC, la C.P.C. Yolanda Muñoz Pizaña, destacó la importancia de conocer los cambios jurídicos en temas tan relevantes como la Ley Antilavado, ya que los contadores deben brindar una asesoría muy puntual a sus clientes.

 “Sabemos que actualmente se cumple con los supuestos previstos en el artículo 17 de la Ley, para no ser multados, pero esa visión deberá modificarse y tener en cuenta que el objeto previsto en el artículo 1 de esta ley señala los lineamientos para que realmente se cumpla”, finalizó.

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