Se crea en Baja California el Registro Estatal de Agresores de Animales

Aprueban reformas para tipificar el maltrato animal y establecer sanciones más severas, además de un registro público de agresores.

MEXICALI, ABRIL 22, 2026 .- El Dictamen No. 25 de la Comisión de Justicia relativo a la iniciativa de reforma al Código Penal y a la Ley de Protección a los Animales Domésticos de Baja California, promovido por la Gobernadora del Estado, fue aprobado en sesión plenaria del Congreso de Baja California.

Dicha reforma tiene como objetivo actualizar el tipo penal de maltrato y crueldad animal, así como crear el Registro Estatal de Agresores de Animales.

El dictamen, presentado ante el pleno por la diputada Angélica Peñaloza, contempla reformas a los artículos 342, 342 Quáter y 342 Sexties del Código Penal Estatal para contar con un marco legal armonizado que garantice el derecho y bienestar de todos los animales domésticos, reconociéndolos como seres sintientes.

Asimismo, se adiciona un capítulo a la Ley de Protección de los Animales Domésticos para incorporar mayores supuestos que constituyen maltrato o crueldad animal, como el abandono, desnutrición o deshidratación, así como el uso de animales enfermos o lesionados para trabajo.

Se establece que este tipo penal se perseguirá de oficio y que las personas agresoras de animales perderán el derecho a poseer o adquirir animales domésticos.

Además, la reforma plantea un esquema sancionatorio diferenciado: los actos de menor lesividad tendrán penas de uno a cinco años de prisión y multas de 200 a 500 UMAS; mientras que los de mayor gravedad serán castigados con tres a ocho años de prisión y multas de 400 a 700 UMAS.

El Registro Estatal de Agresores de Animales será una base de datos de carácter administrativo para identificar a personas con sentencia firme por delitos de maltrato y crueldad animal previstos en el Código Penal Estatal.

La operación del registro estará a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, en colaboración con el Poder Judicial del Estado. Será de carácter público y podrá ser consultado por establecimientos dedicados al expendio de animales vivos y por albergues municipales, con el fin de evitar su entrega a personas legalmente impedidas.

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