TIJUANA, MARZO 7, 2023.-Los contribuyentes, tanto personas físicas como morales, tienen fechas límites para presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio 2022, de lo contrario, se harán acreedores a multas de consideración.
Lo anterior lo señaló el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien recordó que se trata de una obligación como contribuyentes el presentar su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Dicho trámite, expuso, tiene como propósito registrar los ingresos de los contribuyentes por salario, deducciones, cálculo del impuesto anual y pagar o solicitar el saldo a favor.
“Para presentar la declaración de impuestos del 2022 debe presentarse antes de que termine abril de este año y aplica para las personas físicas en cualquier régimen, es decir pequeños empresarios, asalariados que estén trabajando por honorarios, entre otros”, apuntó.
Pero en el caso de las personas morales, aquellos que constituyen una empresa u organización, la fecha límite es el próximo 31 de marzo.
“El SAT recientemente informó que las personas morales tendrán hasta el 3 de abril de 2023 para presentar la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), correspondiente al ejercicio fiscal 2022, sin embargo para quienes no cumplan hay importantes sanciones económicas a tomar en cuenta”, advirtió.
El abogado fiscalista indicó que las multas pueden ser de dos tipos: la primera por no presentar su Declaración Anual en caso de tener que hacerla, y la segunda, por cada una de las obligaciones incumplidas.
Las sanciones por obligación no declarada van desde los 1, 400 hasta 17, 370 pesos; por cada obligación presentada fuera del plazo puede ser desde los 1, 400 hasta los 34, 730 pesos.
Aunado a ello, agregó Pickett, si el contribuyente está obligado a presentar su declaración por internet y no lo hace; la lleva a cabo fuera del tiempo establecido o no cumple con los requerimientos, las multas van desde los 14, 230 hasta los 28, 490 pesos.
De ahí la importancia de estar atentos a las fechas y a la información que se debe presentar para mantenerse en cumplimiento, ya que de lo contrario las sanciones pueden ser de consideración.