
MEXICALI, B.C, MAYO 27, 2026.- La Diputada Norma Angélica Peñaloza Escobedo exhortó a la Secretaría de Educación Pública y a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, ambas de Baja California, a que den seguimiento al cumplimiento de la reforma al artículo 123 de la Ley de Educación del Estado.
Se refiere esta reforma a la obligación de las instituciones educativas particulares, a fin de garantizar la inclusión y no discriminación, en los procesos de admisión a los centros educativos.
Al motivar su iniciativa, la Legisladora de Morena mencionó que este Congreso del Estado, reformó en el mes de abril dicho artículo de la referida norma, y fue publicada en el Periódico Oficial de Baja California de fecha 15 de mayo de 2026, bajo el Decreto No. 264.
Lo que representa un avance significativo para fortalecer la protección de niñas, niños, adolescentes y de toda persona integrante de la comunidad educativa, al establecer la obligación de las instituciones educativas particulares con reconocimiento de validez oficial de estudios, de abstenerse de realizar actos discriminatorios en su contra.
Indicó que los concesionarios deben dejar de pensar que la educación en las escuelas particulares no se encuentra regulada por lineamientos legales y que pueden aplicar disposiciones creadas unilateralmente; y por el contrario, deben sujetarse a las disposiciones legales que emanan de este Gobierno humanista y protector de los grupos vulnerables.
Sobre todo, consideró Angélica Peñaloza que debe prevalecer la garantía de la educación como promotora del desarrollo y del libre pensamiento, y no como un negocio clasista y oportunista, como ocurrió en gobiernos del pasado.
La educación debe ser un espacio de inclusión, y no un sistema de selección, por lo que las niñas, niños y adolescentes no deben ser sometidos a procesos que les hagan sentir insuficientes, rechazados o discriminados desde el inicio de su trayectoria educativa.
Por ello, garantizar el acceso igualitario a la educación, no es una concesión, sino una obligación constitucional, ética y humana, que el Estado y todas las instituciones educativas deben cumplir sin excepción alguna.
En razón de lo anterior, resulta indispensable que las autoridades competentes, fortalezcan las acciones de supervisión, orientación y vigilancia en los planteles educativos particulares que cuenten con validez oficial, a fin de garantizar ambientes escolares seguros, inclusivos y respetuosos de los derechos humanos.



















