TIJUANA, MARZO 26, 2022/Odilón García/DTJ.- Nuestro país no cuenta con un procedimiento jurídico o político para revocar a un presidente de México, gobernador o alcalde de su cargo. De acuerdo con especialistas hasta el momento, la Consulta de Revocación del Mandato (a realizarse este domingo 10 de abril) es un ejercicio de participación ciudadana que un acto jurídico.
Pero si recordamos que el presidente ha dicho que quien no tenga el respaldo social, debe irse a su casa pues no cuenta con un parámetro que es sagrado para Andrés Manuel López Obrador: «la fuerza moral«.
Todos estamos de acuerdo en que si todos votan y gana la permanencia de Andrés Manuel por abrumadora mayoría, pues todo sigue igual y tan tan, nada que agregar.
Pero si pierde de manera contundente ¿Qué pasa en México?
Ante este escenario es claro que el propio Andrés Manuel, en caso de mantener su palabra, se iría al retiro, en su hacienda de Palenque, Chiapas, denominada «La Chingada» (así se llama) y él mismo lo ha mencionado.
De esto derivan dos implicaciones:
Recuerde que en México estos cargos públicos de elección popular, tienen dos ingredientes: son «irrenunciables» e «intransferibles». La ley vigente, «solamente la solicitud de licencia» que podría prolongarse, por el resto de lo que dure su mandato. Y esta ley abarca desde el presiente municipal, legisladores, gobernadores y el presidente de México, todo aquel que haya sido electo.
Si Andrés Manuel se va. Deberá pedir licencia para ausentarse del cargo. Es decir la consulta, no tiene ningún efecto, de que se vaya, si el presidente de México, decide no hacerlo.
El especialista en materia política y derecho, ex director de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Baja California, Doctor Pedro Carrillo Toral informó con claridad:
PRIMER PASO
«Si el presidente decide irse, el Congreso de la Unión se erige como un Colegio Electoral, y nombre de inmediato a un presidente de México provisional que en este caso sería el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández«.
SEGUNDO PASO
Cabe mencionar que las fuerzas políticas (partidos políticos) en las Cámaras nombrarían a sus candidatos para de estos elegir al que será en definitiva al próximo presidente o presidenta de México.
Esta persona electa por el Congreso de la Unión sería investido o investida como el o la presidente o presidenta de México para el periodo que le resta al presidente AMLO que sería escasamente de dos años y medio aproximadamente.
El Doctor Pedro Carrillo Toral explicó que este es el único procedimiento válido establecido por la Ley ante la posibilidad de que el presidente diga que se retira. Mas, dejó en claro que perder la encuesta o consulta de este 10 de abril, deja en automático fuera de su encargo al presidente.
En pocas palabras, si la consulta no le favoreciera al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador y el grueso de la comunidad votara porque se fuera, jurídicamente él tendría la posibilidad de ignorar este resultado y continuar en el poder.
Por esta razón algunos detractores de lo que representa el presidente de México afirman que se trata de una simulación, sin valor jurídico. Sin embargo, no se puede decir esto, hasta no ver los resultados y conocer qué decisión tomaría el presidente ante la respuesta de la comunidad a este ejercicio jamás realizado en el país.
«Si hablamos de ausencia absoluta del presidente, las leyes sí precisan que se nombre a un presidente substituto en los próximos 60 días, mas no marca la palabra renuncia al cargo«, agregó el Doctor Carrillo Toral.